I.G.P. Vino de la Tierra de Castilla y León

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Se trata de la única I.G.P. reconocida en Castilla y León. Su reconocimiento data del año 2000. En la actualidad está regulado por la Orden AYG/296/2013 y, al igual que las denominaciones de origen y vinos de calidad antes citados, en diciembre de 2011, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente remitió a la Comisión Europea el Pliego de Condiciones de la I.G.P. «Vino de la Tierra de Castilla y León». El Pliego de Condiciones contempla algunas novedades importantes, como la inclusión de vinos espumosos o la posibilidad de embotellar el producto fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma.

Para la elaboración de los vinos protegidos por la I.G.P. pueden utilizarse uvas procedentes de cualquier viñedo ubicado en el territorio de Castilla y León, siempre que se encuentre legalmente inscrito en el Registro Vitícola. Por tanto, las variedades son todas las autorizadas para Castilla y León.

Se pueden elaborar vinos tranquilos (blancos, tintos o rosados), vinos de licor, vinos espumosos de método tradicional, vinos de aguja y vinos de uva sobremadura.

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